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Opinión

Donación de propiedad de una sociedad anónima

La Ley a su alcance / Lic. Gerardo Morales

CONSULTA: Un señor tiene una sociedad anónima donde el dueño es él, tiene en su poder el 100% de las acciones. La sociedad tiene una propiedad y el dueño quiere donar la nuda propiedad en partes iguales a dos de sus hijos, reservándose de forma personal el usufructo. ¿Es posible hacer esta donación? ¿Cómo procede?

 

RESPUESTA: El objeto legal de una sociedad anónima, según el Código de Comercio y sus estatutos, es el de obtener lucro por su actividad. Esto hace que las donaciones excedan las facultades legales, por lo que lo apropiado sería la venta de la nuda propiedad y también del usufructo. Los precios de esos traspasos pueden ser sumas simbólicas, pero deben pasar por aprobación de asamblea general de socios. En caso de que alguna cláusula prohíba la venta del usufructo, que completaría el capital social patrimonial, en la misma asamblea debería reformarse cualquier cláusula prohibitiva. Por eso es recomendable realizar una asamblea general ordinaria y extraordinaria, pues esta última permite el cambio de los estatutos.

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Viernes 11 Enero, 2019

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