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Sucesos

Condenan a Migración por riesgos de policía

Según demanda que analizó Juzgado de Trabajo

A los policías de Migración no les pagan incentivos por riesgos

El Tribunal Civil y Trabajo del II Circuito Judicial de Alajuela condenó al Ministerio de Gobernación y Policía, en específico a la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME), a pagar el incentivo de operaciones de alto riesgo, que desde 2007 se solicitó y negaban el reconocimiento. 

Quien demanda el desembolso es un oficial de Migración clase 2, identificado con los apellidos Grijalba Quirós, vecino de San Carlos y con 11 años de pertenecer a la policía migratoria.

Él comenzó su lucha en 2007 al considerar que en sus actividades se corre peligro y lo mismo pasa con sus compañeros. 

“El actor solicita que se condene a la parte demandada al pago del plus por operaciones del alto riesgo, de manera retroactiva desde el inicio de su relación laboral.

Fundamenta que día a día en el ejercicio de sus funciones como oficial de Migración 2, se encuentra expuesto en las actividades que realiza, como operativos interinstitucionales en zonas marginales y de alto riesgo, así como traslados de personal que egresó de cárcel al Centro de Aprehensión para Extranjeros en Hatillo”, indica la demanda 18-000087-1288-LA-4, de la cual DIARIO EXTRA tiene copia.

 

NEGATIVA

 

La negativa de las autoridades de Gobernación para cancelar este incentivo la conoció la jueza Karla Valenciano, quien analizó el fundamento de las autoridades en cuanto a lo que dice la ley al respecto, específicamente el Reglamento de Organización y Servicios de la Policía Profesional de Migración.

Ahora señalan al Estado y lo condenan tras años de discusión entre el oficial y la DGME.

“Deberá el Estado (Dirección de Migración y Extranjería, Ministerio de Gobernación y Policía), reconocer y cancelar al actor el incentivo de operaciones de alto riesgo, creado por la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria en su acuerdo número 5878 de la sesión extraordinaria 03-200, del 10 de abril de 2000.

(Debe pagar) desde la fecha de su creación o bien desde la fecha en que el actor empezó a laborar para la demandada y hacia futuro sin necesidad de gestión alguna al respecto”, expresa el Juzgado.

Al oficial se le deberán readecuar, además de los pagos mensuales de sus 11 años de labor, los cálculos de salario escolar y aguinaldo desde 2007 para su cancelación.

Otro punto que menciona la demanda es que el oficial señala que en sus años de labor los pagos de horas extra se desembolsaban calculando la base en 12 horas trabajadas y no en 8 como establece la ley.

El tribunal tuvo otras consideraciones en cuanto a esa queja y la rechazó, ya que el juez no consideró erróneo el cálculo.

PERIODISTA: Gustavo Retana

EMAIL: [email protected]

Viernes 21 Septiembre, 2018

HORA: 12:00 AM

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