El Banco Central de Costa Rica (BCCR) tendrá que desembolsar $40 millones (¢22 mil millones) si el Tribunal Contencioso Administrativo declara con lugar una gestión en su contra.
Se trata de un caso relativo al año 2012, cuando la Sala Constitucional condenó al banco al pago de costas, daños y perjuicios a favor del ente bursátil Bolcomer.
No obstante, el proceso para la liquidación de la sentencia no comenzó hasta la semana anterior por razones que se desconocen y aún no ha prescrito.
En caso de una condena, el ente emisor deberá presupuestar ese dinero de fondos públicos, pero antes la bolsa de comercio tendrá que probar en los estrados que la cuantificación es la correcta.
RESPONDE A INJUSTICIAS
Óscar Gutiérrez, gerente de Bolcomer, dijo a DIARIO EXTRA que no es una petición de pago, sino un proceso de ejecución de sentencia.
Prefirió no referirse al monto por respeto a los tribunales ni ahondar en muchos detalles para no obstaculizar el proceso. Sin embargo, El Periódico del Pueblo tuvo acceso a la cifra.
“La Sala IV resolvió la sentencia por una serie de injusticias por parte de la Sugeval y del Banco Central. Es al juez al que le corresponde determinar el monto y nosotros somos respetuosos de los procesos judiciales”, explicó.
No indicó por qué si la resolución constitucional es del año 2012, es hasta ahora que se presenta el reclamo, solo se limitó a decir: “No es una interpretación nuestra, es de la Sala Constitucional, quien nos dio la razón”.
ES IMPROCEDENTE
Al respecto, la Oficina de Comunicación del BCCR señaló que todavía no existe ninguna condena, sino una liquidación de daños que recién inicia en la vía contenciosa.
“Las actuaciones del Banco Central en relación con la regulación y supervisión de Bolcomer no fueron los motivos por los cuales se declaró inconstitucional el Transitorio IX de la Ley 7.732”, añadió el ente emisor.
Asegura que los errores provienen del Poder Legislativo en la fase de promulgación de dicha norma.
Según el BCCR, los actos que cuestionó la empresa bursátil en el recurso de amparo no fueron analizados por la Sala Constitucional al declararlo con lugar.
“Se consideró que Sugeval carecía de competencia para emitir los actos que objetó Bolcomer, por el hecho de que la competencia le fue otorgada por una ley inconstitucional”, explicó.
Es por eso que estima improcedente la ejecución de la sentencia emitida en el recurso de amparo.
EL CASO
La resolución constitucional se comunicó a Alberto Dent Zeledón y Juan José Flores Sittenfeld, quienes ostentaban el cargo de presidente del Conassif y de superintendente general de Valores, respectivamente, para aquella época.
En Costa Rica existen actualmente dos bolsas autorizadas para operar de acuerdo con lo establecido en el Código de Comercio, la Bolsa Nacional de Valores y Bolcomer Bolsa de Comercio.
Al parecer, la Sugeval había señalado que la empresa bursátil no acataba sus órdenes, ni emitía información relevante y prohibía la inspección, por lo que se le abrió un proceso administrativo.
Bolcomer, por su parte, reaccionó alegando que debía ser supervisada por el Banco Central y no por la Superintendencia General de Valores (Sugeval) y al final los magistrados determinaron que eso era correcto ganando el proceso con un amparo y una acción de inconstitucionalidad condenando al banco al pago de las costas del proceso.
PERIODISTA: María Siu Lanzas
CRÉDITOS: María Siu Lanzas [email protected] Fotos: Archivo El Banco Central de Costa Rica (BCCR) tendrá que desembolsar $40 millones (¢22 mil millones) si el Tribunal Contencioso Administrativo declara con lugar una gestión en su contra. Se trata de un caso relativo al año 2012, cuando la Sala Cons
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Martes 19 Junio, 2018
HORA: 12:00 AM