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Nacionales

Semana Santa acorta plazo para pagar anticipo de renta

A más tardar el 28 de marzo

Para marzo de este año el pago del primer tracto deberá hacerse como máximo el miércoles 28 de marzo y no el 31

Los contribuyentes que deban realizar el primer pago parcial del impuesto sobre la renta tendrán este mes dos días menos para cumplir con su obligación, debido al asueto por la celebración de la Semana Santa, recordó el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Los pagos parciales son tres adelantos del impuesto y ya están calendarizados por la Administración Tributaria durante el año. El primer pago se hace en marzo, el segundo en junio y el tercero en setiembre.

Mauricio Artavia, director ejecutivo del Colegio, explicó que para marzo de este año el pago del primer tracto deberá realizarse como máximo el miércoles 28 de marzo y no el 31, como es lo normal, tal como lo indica la Ley de Renta en su artículo 22, la cual señala que los adelantos deberán “pagarse sucesivamente a más tardar el último día hábil de los meses de marzo, junio y setiembre de cada año”.

Precisamente el último día hábil de marzo se adelanta al miércoles 28 porque el jueves 29 y viernes 30 son feriados por ley y 31 cae sábado.

“Es importante que los contribuyentes tengan en cuenta este cambio de fecha, que en esta ocasión se da por fuerza mayor, para que no tengan problemas a la hora de cumplir con el pago del anticipo de renta y eviten pagar intereses extra en el monto final del impuesto sobre la renta”, comentó.

Artavia señaló que cada pago parcial constituye el 25% del monto cancelado por concepto de impuesto sobre la renta del periodo anterior.

Por ejemplo, si un contribuyente pagó ¢10 mil en el periodo 2017, para el 2018 cada pago parcial será de ¢2.500.

En caso de que cuando presente su declaración de renta en diciembre 2018 se determina un impuesto sobre la renta a pagar de ¢12 mil, como hizo tres pagos parciales que suman ¢7.500, solo deberá liquidar la diferencia, es decir ¢4.500.

Mario Hidalgo, director de la firma consultora Grant Thornton, considera que esta directriz es desfavorable para los contribuyentes porque limita a dos los supuestos para que se pida la eliminación o disminución, cuando en la vida real puede haber otras razones por las cuales caen las utilidades.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Jueves 22 Marzo, 2018

HORA: 12:00 AM

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