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Opinión

Economía en trámite de sucesorios notariales

La Ley a su alcance / Lic. Gerardo Morales

CONSULTA: Hace un año falleció un vecino, la semana anterior murió su esposa, como bienes gananciales tenían una finca y un vehículo, los cuales estaban a nombre del señor. 

Tenían tres hijos mayores quienes quieren iniciar el proceso sucesorio. 

¿Se podría en sede notarial abrir el proceso de ambos cónyuges fallecidos o hay que hacerlo de forma separada? 

De hecho, esos bienes quedarían en favor de sus hijos.

 

RESPUESTA: Posiblemente esta columna que ya tiene sus años, no existiría sin el elemento básico, que es la consulta, que muestra una necesidad de continuar. Por eso, yo soy quien debe agradecer que existan inquietudes, pues eso me permite darle un día de vida más a mis escritos.

Las únicas prohibiciones que existen para los trámites notariales de los procesos sucesorios, son las controversias o faltas de acuerdo entre los herederos o la existencia de menores.

Pero lejos de eso, la tramitación conjunta de sucesiones en la vía judicial, llamadas sucesiones acumuladas, permiten resolver dos liquidaciones de bienes con un solo proceso, lo que también es aplicable a las sucesiones notariales.

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Jueves 22 Febrero, 2018

HORA: 12:00 AM

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