Martes 23, Abril 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Sucesos

Condenan narco a 6 años y cumplirá pena en casa

Juez de Grecia le dio beneficio y brazalete electrónico

En 2017 a “Perquin” lo detuvieron en su casa, acusado por posesión y venta de crack

El Tribunal Penal de Grecia condenó a un sujeto de apellidos Jiménez Castro, alias “Perquin”, a seis años de prisión por el delito de venta y distribución de drogas, tras determinar que era el cabecilla de una organización dedicada a la venta de crack a jóvenes de ese cantón alajuelense.

Lo que llamó la atención es que durante la condena el juez que valoró la prueba determinó que el sujeto no cumpliera la condena en prisión y se le aplicó la modalidad de arresto domiciliario, además de monitoreo electrónico por medio de un brazalete.

La sentencia tendrá que cumplirla en la misma casa de habitación donde en 2017 lo sorprendieron vendiendo droga, situación que sorprende a la comunidad griega.

“Por el delito de posesión de droga para la venta, un hombre de apellido Jiménez estará seis años en prisión bajo la modalidad de arresto domiciliario con monitoreo electrónico, según sentencia del Tribunal Penal de Grecia”, informó el Poder Judicial por medio de su departamento de prensa.

 

PRUEBAS

 

Jiménez Castro fue señalado tras la ubicación de pruebas suficientes como cocaína y dinero en efectivo sin justificar en la casa de habitación donde descontará la pena.

El sentenciado instaló a un costado de la vivienda un búnker, donde recibía a los consumidores y distribuía la droga.

“A raíz de información confidencial se inició la investigación en contra de Jiménez, quien en apariencia vendía cocaína desde su casa ubicada en la localidad antes mencionada. Adicionalmente se presume que el hombre también se ocultaba en un cafetal cerca de su propiedad para comercializar dicha sustancia”, indica la información judicial.

 

ANTECEDENTES

 

Lo que no se tiene claro en cuanto al beneficio carcelario de casa por cárcel es que “Perquin”, de 24 años, antes de la detención de 2017 tenía otra causa por violar la Ley de Psicotrópicos que lo llevó a prisión en 2016.

En la segunda ocasión que lo sorprendieron los judiciales antidrogas decomisaron 71 piedras de crack y ¢20 mil en billetes marcados que comprobaron la actividad ilícita.

Según el artículo 57 bis del Código Penal, el arresto domiciliario con monitoreo electrónico se otorgará a los sentenciados que no hayan caído en delitos de crimen organizado, que no sean reincidentes y se comprometan a no evadir el cumplimiento de la pena.

 

Artículo 9
Código Penal

 

Arresto domiciliario con monitoreo electrónico

 

Artículo 57 bis. -

Al dictar sentencia, el juez tendrá la facultad de aplicarla, siempre que concurran los siguientes presupuestos:

1) Que la pena impuesta no supere los seis años de prisión.

2) Que no sea por delitos tramitados bajo el procedimiento especial de crimen organizado, según el artículo 2 de la Ley No.8754, Ley contra la Delincuencia Organizada, de 22 de julio de 2009, ni delitos sexuales contra menores de edad, ni en delitos en que se hayan utilizado armas de fuego.

3) Que se trate de un delincuente primario.

4) Que de acuerdo con las circunstancias personales del condenado se desprenda razonablemente que no constituya un peligro y que no evadirá el cumplimiento de la pena.

PERIODISTA: Gustavo Retana

EMAIL: [email protected]

Sábado 17 Febrero, 2018

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA