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Nacionales

TSE condena a televisoras por no difundir spot del Frente Amplio

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) condenó a Representaciones Televisivas S.A (Repretel) y a Televisora de Costa Rica (Teletica) por la no difusión de un spot publicitario de Edgardo Araya, candidato a la Presidencia por el Partido Frente Amplio.

Así lo resolvió el ente como parte de la resolución al Amparo Electoral presentado por la agrupación política el pasado 6 de diciembre.

De acuerdo con la queja presentada, el Frente Amplio pagó un plan de pauta que incluía la difusión de los spots en diversos espacios de la parilla de las televisoras durante el 2 y 3 de diciembre.

Según la fracción frenteamplista, los canales 6 y 7 no transmitieron el mensaje al indicar que habían recibido advertencia por parte de sus abogados.

El ente electoral determinó que los medios de comunicación de radio y televisión no pueden censurar aquellos mensajes que las agrupaciones políticas contraten para la difusión por medio de contenidos publicitarios pagados en los procesos electorales.

La resolución N° 220-E1-2018 fue notificada a las partes involucradas por el TSE durante la mañana de este martes.

Gustavo Román, asesor del TSE, dijo que una vez que el Tribunal resuelve, se encargará la determinación del cuánto se procede a cancelar.

Román indicó que el proceso es ajeno al Tribunal Supremo de Elecciones.

“En los amparos no es el juez que condena y que declara la vulneración de un derecho, no es el que impone la sanción económica. Esto siempre se remite a una jurisdicción especial que es la ejecución de sentencia de lo Contencioso Administrativo.

Es en esa instancia en la que tendrá que determinarse, no si hubo vulneración al derecho del partido y las personas amparadas, lo que determinará en esa vía que es ajena al Tribunal, es cuánto es el monto por el que las dos televisoras deben indemnizar al Frente Amplio”, señaló.

PERIODISTA: Redacción Diario Extra

CRÉDITOS: Foto: Archivo

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Martes 16 Enero, 2018

HORA: 06:30 PM

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