¿Debe trabajar el 4 de febrero? Si en la empresa en la que labora le corresponde laborar ese domingo, tiene permiso para emitir su derecho al voto.
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) hizo la advertencia a los patronos para que sus colaboradores asistan a las urnas y ejerzan su sufragio.
La obligación está contemplada en el inciso j del artículo 69 del Código de Trabajo y en el artículo 292 del Código Electoral.
Esteban Durán, vocero del TSE, indicó que, si un patrono no le da permiso a su trabajador de votar, se expone a sanciones.
Durán aseguró que tampoco aplican rebajas salariales para aquellos colaboradores que falten a sus labores con el fin de colaborar como miembros de mesa en la junta receptora de votos.
El próximo 4 de febrero, cerca de 3,3 millones de costarricenses acudirán a las urnas para elegir al nuevo Presidente, los dos vicepresidentes y a los 57 diputados que integrarán la próxima Asamblea Legislativa.
Los legisladores entrarán a realizar sus nuevas funciones a partir del próximo 1 de mayo, mientras que el nuevo Gobierno a partir del 8 de mayo entrante.
PERIODISTA: Greivin Granados
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Lunes 15 Enero, 2018
HORA: 01:20 PM