Viernes 19, Abril 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Nacionales

Directora del Melico demanda al Estado

Procuraduría insiste en ilegalidad

  • La directora ejecutiva del Melico Salazar demandó al Estado porque dejó de pagarle un incentivo salarial que según la Procuraduría no procede. (Foto: Archivo)

  • Un juez del Tribunal Contencioso Administrativo definirá si es legal los ¢70 millones que recibió de sobresueldo María de los Ángeles Fonseca

María de los Ángeles Fonseca, directora del Teatro Popular Melico Salazar, demandó al Estado porque desde abril pasado se le suspendió el pago del plus correspondiente al 65% de su salario por concepto de prohibición. Esto se dio tras la denuncia del Periódico de Más Venta en Costa Rica de que la Procuraduría de la Ética investigaba la legalidad del sobresueldo que ascendía a ¢70 millones.

La información en poder de este medio revela que Fonseca pidió al Tribunal Contencioso Administrativo, del Segundo Circuito Judicial de San José, anular las acciones de personal realizadas por la gestora institucional de Recursos Humanos del Ministerio de Cultura Juventud y Deportes (MCJD) en las que le comunica que el pago por concepto de prohibición no debió realizarse y consecuentemente proceden a su eliminación. 

En marzo informamos que la Procuraduría de la Ética recibió una denuncia contra la directora ejecutiva del Teatro Melico Salazar, Marielos Fonseca Pacheco, por recibir el pago de alrededor de ¢70 millones por prohibición sin que exista sustento jurídico que lo respalde. 

La denuncia alegaba que la funcionaria, bachiller universitaria en artes dramáticas, no entraría dentro del régimen de prohibición contemplado en el artículo 14 de la Ley 8.422 y 27 de su reglamento, porque no se trata de una profesión liberal. Por lo tanto, quien ocupe el puesto de director ejecutivo del Melico Salazar no tendrá impedimento en el régimen de prohibición para el ejercicio privado de la profesión de actor o director teatral, siempre y cuando no exista superposición horaria.

Cuando Fonseca fue consultada por este medio a raíz de la denuncia ante la Procuraduría de la Ética respondió: “Estaré dispuesta, desde luego, a devolver lo que corresponda según arroje la investigación y procedimiento administrativo requeridos en un Estado de derecho y que entiendo ya ordenó la Ministra de Cultura y Juventud. Desde el 21 de abril solicité a la administración se suspendiera el pago como medida preventiva y en resguardo de los fondos públicos hasta que se defina la situación como corresponde”.

La posición de la funcionaria varió y en junio pasado presentó la demanda contra el Estado en la cual alega que desde su primer nombramiento como directora ejecutiva fue obligada a someterse al régimen de prohibición que establecen los artículos 14 y 15 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.

En la acción legal suscrita Fonseca indica que fue nombrada desde el 2012 hasta el 2014 y luego del 2014 al 2018 recibiendo un incentivo salarial de prohibición que en la actualidad equivale a ¢923.064. 

La directora del Melico Salazar indica en su demanda que solicitó suspender la prohibición temporal del incentivo investigado, pero pidió, a la vez, que se tramitara en su lugar el pago por concepto de dedicación exclusiva.

Sin embargo nunca se le abrió el procedimiento administrativo, ni para verificar la legalidad del pago de prohibición, ni para valorar si procedía el de dedicación exclusiva. Lo anterior para la demandante es contrario y violatorio a las normas que regulan los procedimientos para la anulación de actos declaratorios de derechos.

 

ILEGALIDAD DEL PAGO

 

Por su parte la procuradora general adjunta, Magda Inés Rojas, en representación del Estado le indica al Tribunal Contencioso que se opone a las pretensiones de Fonseca de que se anulen las acciones realizadas en las que se le suspendió el pago del incentivo salarial por tener el grado académico de bachiller en artes dramáticas y desempeñar un puesto de confianza no procede de acuerdo con el ordenamiento jurídico.

Rojas agrega “sobre el pago de prohibición para el ejercicio de profesiones liberales, que no es el caso de la actora según lo expuesto en dichos oficios y el numeral 14 de la Ley No.8.422 y 27 de su reglamento regulan cuando proceda y no se ajusta al caso de la actora”, destaca la representante del Estado. Argumentó que el régimen de prohibición es concedido única y exclusivamente para el ejercicio de las profesiones liberales, más no para cualquier otra ocupación respecto de la que puede ostentarse un grado profesional, según lo indica un dictamen de la Procuraduría 190-2010.

PERIODISTA:

EMAIL:

Lunes 28 Agosto, 2017

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA