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Nacionales

Ofrecer premios en campaña se podría castigar con cárcel

Reconoce el TSE

La campaña del candidato Rodolfo Piza ha sido criticada por ofrecer premios a quienes sigan sus aplicaciones.

Ofrecer regalos o premios en medio de una contienda electoral podría ser castigado hasta con 12 meses de cárcel.

El director de Registro Electoral, Héctor Fernández, confirmó a DIARIO EXTRA que el Código Electoral prohíbe esta conducta, cuando con la misma se intente persuadir al ciudadano para que vote en una línea o para que se abstenga de hacerlo. 

“Hay una conducta que tipifica y sanciona lo que se llama atentar contra la libre determinación del votante, que es el artículo 279 del Código Electoral, y es una conducta que puede realizar cualquier persona, que es lo único que exige la ley, el que, por medio de dádivas, promesas de dádivas, violencia y/o amenazas trate de inducir, o induzca a una persona a adherirse a una candidatura a votar en determinado sentido o abstenerse a hacerlo” explicó. 

Recientemente, el candidato presidencial del Partido Unidad Socialcristiana (PUSC), Rodolfo Piza, fue objeto de críticas después de que difundiera un mensaje oficial en el que se ofrece a los votantes “premios” a cambio de seguir aplicaciones de su campaña.

La oficina de prensa del aspirante puntualizó que se trata de “cosas pequeñas y simbólicas”, como una camiseta del partido, o un encuentro con el propio Piza. 

Asimismo alegaron que el mensaje lo transmitieron de forma errónea y se prestaba para malinterpretaciones. 

Fernández informó que de momento no tramitan alguna denuncia en el caso concreto de Piza, ni el TSE ha abierto alguna investigación de oficio. 

Violaciones relacionadas con lo dispuesto en el artículo 279 son elevadas del Tribunal Supremo de Elecciones al Ministerio Público. 

“Se requiere de una serie de análisis, no necesariamente tiene que ser un eventual candidato, podría ser cualquier persona, siempre y cuando se ajuste a los requerimientos del tipo penal. No tenemos en curso ninguna investigación” sostuvo Fernández. 

 

ARTÍCULO 279

 

“Delito contra la libre determinación del votante. Se impondrá pena de prisión de dos a doce meses a quien, por medio de dádivas, promesas de dádivas violencia y/o amenazas, trate de inducir o induzca a una persona a adherirse a una candidatura, a votar en determinado sentido o a abstenerse de hacerlo”.

Fuente: Código Electoral

 

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Jueves 17 Agosto, 2017

HORA: 12:00 AM

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