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Nacionales

Pensión complementaria no se retira de un solo

En 5 años retiros serán parciales

En el plazo de cinco años los recursos del ROP se entregarán de forma parcial para que complemente la pensión básica

La falta de información hace pensar a algunos pensionados que tienen derecho a retirar la totalidad de los recursos aportados en el Régimen Obligatorio de Pensiones conocidos por sus siglas ROP y que son administrados por las operadoras privadas.

Así lo consignó el Superintendente de Pensiones Álvaro Ramos, quien explicó que este fondo se alimenta de los aportes provenientes al 4.25% del salario reportado en las planillas de la Caja Costarricense de Seguro Social, del cual un 1% es aporte del trabajador y el resto el patrono. 

El ROP nace a la luz de la Ley de Protección al Trabajador (LPT) que entró en vigencia en el año 2.000. 

En los artículos 1 y 2 de la LPT se desprende que el único objeto de los regímenes de pensiones complementarios es acumular recursos para complementar la jubilación del cotizante del régimen básico.

La pensión del ROP se accede al momento de pensionarse por el régimen básico (Invalidez, Vejez y Muerte).  

Según explicó Ramos se puede acceder a estos recursos de manera total o a través de planes de beneficios o planes de pensiones que son productos ofrecidos por las operadoras. 

Datos del auditor interno de la Caja, Jorge Arturo Hernández,  consignan en nuestro país existen seis operadoras privadas que administran el ROP y el FCL, que juntas a setiembre del año pasado mantenían activos por más de ¢4 billones.

 

BENEFICIO TOTAL O PARCIAL

 

Para saber si la persona accede a los recursos de la pensión de manera total o parcial debe llevar la certificación de pensionado por el régimen básico a la operada de pensiones donde está afiliado y le realicen el cálculo para determinar si los recursos se los lleva de una vez o en tractos.

Ramos explicó que desde el punto de vista de administración es costoso administrar una pensión muy pequeñita; por eso las personas que se pensionaron cuatro años después de publicada la ley tenían pensiones complementarias muy bajas. Debido a ello la Superintendencia estableció la posibilidad de entregar en su totalidad los acumulados que generaran pensiones muy pequeñas.

“Como ya han pasado 16 años, la mayoría de la gente tiene acumulados mucho más. Como están las reglas hoy, si usted tiene una pensión por la Caja de ¢400 mil y un acumulado en el ROP de ¢8 millones le quedaría una pensión complementaria de ¢30 mil; uno le diría llévese el acumulado porque es menos del 10% de ¢400 mil”, explicó Ramos.

Ejemplo de trabajador que debe retirar el ROP mediante un plan de beneficio:

 

Hombre, 62 años, trabajó con un salario promedio de ¢450 000.00 pero cotizó como trabajador independiente con el monto mínimo.

 Monto calculado de su pensión por el IVM: ¢120 578.00, el 10% de ¢120 578.00: ¢12 058.00. Acumulado ROP: ¢2.300.000

De acuerdo con los parámetros establecidos en el Reglamento de Beneficios determina que si retira el ROP de manera parcial tendrá un retiro programado de ¢13.500.00

¢13 500.00 > ¢12 058.00 (el monto del ROP es mayor al 10% de la pensión del IVM)

Por lo tanto: El afiliado debe escoger un plan de beneficio o producto de pensión para retirar de manera programada el monto del ROP.

 

Ejemplo de trabajador que puede retirar el  ROP de manera total:

 

Cotizante 67 años, pensionado por IVM. Monto calculado de su pensión por el IVM: ¢378 000.00, el 10% de ¢378 000.00: ¢37 800.00 Acumulado ROP: ¢4.400.000

De acuerdo con los parámetros establecidos, determina que si retira el ROP de manera parcial tendrá un retiro programado de ¢29 332.00

¢29 332.00 < ¢ 37 800.00 (el monto del ROP es menor al 10% de la pensión del IVM)

Por lo tanto, el afiliado se puede llevar el acumulado en su cuenta del ROP.

 

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Sábado 18 Febrero, 2017

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