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Nacionales

Diputado propone evitar nuevos zoológicos

El legislador ejemplificó con el caso del León Kivu. Foto tomada en el Zoológico Simón Bolívar en 2013

El diputado y precandidato a la presidencia por el Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), Rafael Ortiz, presentó un proyecto que modificaría la Ley de Conservación de Vida Silvestre con la intención, asegura, de que “nuestros nietos no conozcan animales encarcelados”.


La propuesta contiene ocho reformas, con las que el legislador afirma se dejarían de ver injusticias en los zoológicos tradicionales e incluso se prohibiría la apertura de nuevos; promueve “un nuevo concepto enfocado en santuarios, refugios y centros de conservación”.


“Muchas veces escuchamos que los zoológicos dicen trabajar por la protección de las especies en peligro de extinción, lo que suena como un noble objetivo, pero por lo general sólo favorecen a los animales más famosos y populares de los zoológicos, porque atraen multitudes y publicidad.

 

El ejemplo en nuestro país es el león Kivú, prácticamente desahuciado por las condiciones de restricción a la que fue sometido durante varios años y que generó un marcado deterioro de su calidad de vida”, destaca el legislador Ortiz en un reporte de prensa.


La propuesta debe ser analizada en una comisión de la Asamblea Legislativa para posteriormente pasar a plenario donde los 57 diputados tienen la opción de aprobar o rechazar los cambios planteados por el congresista mariachi.

 

Las modificaciones que presenta el parlamentario son las siguientes:

 

a)    Prohibir de forma absoluta la creación de nuevos zoológicos públicos o privados sean de carácter comercial o no, o ampliación de los zoológicos existentes,

 

b)    Prohibir la renovación o sustitución de especímenes en los zoológicos existentes,

 

c)     Prohibir la importación de animales exóticos o silvestres para ser recluidos en los zoológicos,

 

d)    Prohibir la caza de animales silvestres destinados a dichos establecimientos,

 

e)     En dichos centros de reclusión animal, únicamente se permitirá la renovación o ampliación de la infraestructura física existente y que esté destinada a la mejora de las condiciones de reclusión de los animales que ya se encuentran en esos sitios,

 

f)      Se elimina del concepto de “sitio de manejo de vida silvestre” la categoría de “zoológico”, las demás categorías se mantienen, según lo que indica la Ley de Conservación de la Vida Silvestre,

 

g)     Se establece una pena de multa de 10 a 30 salarios base a quien constituya, opere o administre zoológicos. En la actualidad el salario de referencia tiene un monto de ȼ257.650, razón por la que dichas multas oscilarían de entre ȼ2.576.500 a ȼ7.729.500. Ordenándose el cierre inmediato del sitio y la intervención del Sistema Nacional de Áreas de Conservación para la protección y traslado de los animales a otros sitios idóneos,

 

h)    Finalmente, se incorpora un nuevo transitorio que tiene como propósito fundamental la protección de los animales que hoy día se ubican en zoológicos, de manera que los zoológicos que operan en la actualidad tengan un plazo de sesenta meses (5 años) para cerrar operaciones o, previa autorización del Ministerio de Ambiente y Energía a través del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, cambiar el modelo de gestión a cualquier otro de los contemplados dentro de los sitios de manejo de vida silvestre, siempre y cuando las instalaciones y condiciones de la calidad de estancia de los animales sea superior a la existente. El Sistema Nacional de Áreas de Conservación regulará, acompañará y vigilará el proceso de cierre de los zoológicos o de cambio de modelo en salvaguarda al interés superior de la fauna que en ellos habitan.

 

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Jueves 16 Febrero, 2017

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