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Nacionales

Pagan ¢2 mills por celular a cada diputado

Justifican gasto para contactar a comunidades

A cada diputado se le reconoce un monto máximo de ¢161.00 mensuales entre teléfono celular y el de despacho

Además de recibir un salario mensual que supera los ¢3 millones, a cada diputado se le reconoce un monto anual de ¢1.932.000 por concepto de factura telefónica.

La Dirección Ejecutiva del Congreso confirmó a DIARIO EXTRA que la resolución fue tomada en setiembre del 2010, obligándoles eso sí a pagar el monto que se excedan sobre ese límite. 

“En sesión ordinaria N° 020-2010 del 16 de setiembre del 2010, en su artículo 13, el Directorio Legislativo estableció para cada señor y señora diputada un límite de ¢161.000.00 (mensual) como monto máximo a pagar por parte de la institución en la facturación de telefonía celular, como de las líneas fijas asignadas a sus despachos.  Lo anterior, en el entendido que cualquier exceso de ese monto deberá ser cancelado de su propio bolsillo”, sostuvo. 

 

¿A QUIÉN LLAMAN? 

 

Este medio consultó a varios legisladores para conocer en qué gastan más de cien mil colones mensuales en llamadas, estas fueron sus respuestas:

 “El monto es más que suficiente. Yo nunca he tenido que pagar excedentes. Siempre me he mantenido más bajo, yo lo que tengo es el teléfono de la oficina, y el celular prácticamente son ¢3 mil ¢4 mil. Yo manejo una línea personal, la cual yo pago; la de la Asamblea que casi nunca la uso.

El Directorio toma un acuerdo y nos da un teléfono a cada uno, así como un teléfono en la oficina, nos dan un celular, que viene con plan”, indicó Otto Guevara.  

El legislador Mario Redondo, argumentó que es vital mantener el contacto con las comunidades. 

“Hace un par de meses hablaba con la jefa de despacho sobre el tema y me ha informado que nos hemos mantenido muy por debajo del límite existente. Me parece que incluye el celular del diputado y los teléfonos de la oficina. Hay comunicación constante con las comunidades, diay, depende del rol del diputado, una de las tareas del diputado es estar en constante comunicación con dirigentes, investigar sobre proyectos de ley y conocer la realidad de las comunidades. Eso nos obliga a mantenernos en comunicación con diversos actores y grupos sociales, comunales, empresariales, productivos. Como en todo, lo importante es no incurrir en abusos. 

Hay unos que tenemos la línea de la Asamblea, y el número personal, hay otros que tienen el personal y se les reconoce un pago de la Asamblea”, detalló.

La diputada Prendas, agregó que el pago de factura celular, en su caso, ni siquiera equilibra los gastos en los que incurre por ejemplo al viajar todos los días desde Puntarenas hasta San José. 

“Es relativo, se pone como algo adicional que se le da al diputado, el diputado no tiene ningún tema de viáticos adicionales para cubrir todo su quehacer. En el caso mío, por ejemplo, en lo relativo a gasolina, yo viajo de lunes a jueves a la Asamblea Legislativa desde Puntarenas.  Además, los fines de semana realizo giras. El rubro dispuesto para labor de trabajo, que tengo para hacer mi función ni siquiera es suficiente. En mi caso tengo que poner adicional”, concluyó Prendas. 

A los legisladores también se les reconoce un monto por gasto en combustible, en 2015, tras un Pronunciamiento de la Procuraduría General de la República (PGR) se estableció que se les reconocen 500 litros de gasolina cuando realicen giras o se desplacen en vehículos de la Asamblea Legislativa.

Antes de esa reforma, la Ley de Remuneración de los Diputados a la Asamblea Legislativa, establecía en su artículo 5 que “Los diputados dispondrán de una cuota mensual de quinientos litros de combustible, para uso discrecional en vehículos automotores”.

Ahora el reglamento ordena que para reconocerles la asignación del combustible, deben presentar a la Unidad de Transportes del Departamento de Servicios Generales, una liquidación que contenga: 

“El total de kilómetros recorridos según corresponda a “Gira Comunal” o Gira Institucional, cuando aplique.

El valor del litro del combustible utilizado. 

El promedio de consumo de combustible por kilómetro recorrido. 

El monto en colones que resulte de multiplicar el valor del combustible por los kilómetros recorridos durante la gira.

No se podrán utilizar los vehículos institucionales para la atención de asuntos   político-electorales o de interés personal”, según el artículo 29. 

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Sábado 03 Diciembre, 2016

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