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Opinión

Todas las deudas prescriben, salvo las de servicios públicos, pues los cortan

La ley a su alcance

CONSULTA: Quiero saber si prescriben o no prescriben las deudas con las instituciones estatales, las que involucren el erario. Respecto al cobro de intereses, ¿solo se les cobra el último año? Le hago la consulta porque hay mucha opinión al respecto, pero como decimos, nadie aterriza de manera concreta.

RESPUESTA: El Código Civil, que es el cuerpo normativo por excelencia en materia de prescripción, establece la extinción o la terminación de un derecho por el paso del tiempo.

De acuerdo con el Código Civil, prescribe el derecho a accionar judicialmente a los 10 años de ocurrida la posibilidad de hacerlo y se le llama prescripción decenal. Prescriben los alquileres e intereses al año. De acuerdo con el Código de Comercio, prescriben los pagarés y las letras de cambio a los 4 años.

El cobro de una factura comercial prescribe al año.

En cuanto a obligaciones con las municipalidades, el impuesto de bienes inmuebles prescribe a los 3 años y los servicios municipales de recolección de basura, mantenimiento de parques y similares a los 5 años.

También prescriben las ventajas, como la solicitud de una pensión, que debe hacerse en el plazo de dos años, a partir de obtener la facultad de hacerlo.

En materia penal prescribe la acción penal en el mismo término del plazo mayor del castigo que tiene el delito.

En materia tributaria no estoy seguro, pero la prescripción debe andar por los 5 años, luego de originada la obligación de pago, y así ocurre con las obligaciones de pago con privados, el Estado y sus instituciones.

Las únicas obligaciones que no generan la prescripción son aquellas que se originan en el pago de tasas, como los servicios eléctricos, servicio de agua y teléfono, porque el servicio se corta en cuestión de días.

El fundamento jurídico de la prescripción es la certeza que debe tener el ciudadano para que una deuda olvidada, tanto por el deudor como el acreedor, no surja milagrosamente como el cuento de Lázaro, que resucita a los años, y sorprende y daña por el monto de multas o intereses que la hacen impagable.

PERIODISTA: Redacción Diario Extra

EMAIL: [email protected]

Lunes 08 Agosto, 2016

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Lic. Gerardo Morales

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