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Nacionales

55% de las sociedades están morosas

Contraloría insta la Ministerio de Justicia a iniciar cobros

Datos conservadores de la Contraloría revelan que la morosidad de las personas jurídicas asciende a ¢37 mil millones

Más del 55% de las sociedades que deben pagar el impuesto a las personas jurídicas se encuentran morosas, pendiente que se viene arrastrando e incrementando desde 2012 hasta 2015.

Datos conservadores de la Contraloría General de la República revelan que solo en 2015 un total de 365.482 no cancelaron el respectivo impuesto, con lo cual el monto de la morosidad sería de ¢37 mil millones, si se toma en consideración el pago mínimo por ¢100.850.

Dicho gravamen debe ser cancelado a partir del 1º de febrero de cada año por todas aquellas sociedades mercantiles, sucursales de una sociedad extranjera o su representante y empresas individuales de responsabilidad limitada, inscritas en el Registro Nacional.

“En la auditoría realizada por la Contraloría se estableció que, en torno al tema de la morosidad, durante el periodo 2012-2015, en promedio anual un 55,1% de las sociedades sujetas al cobro no cancelaron los montos respectivos, cifra que muestra un crecimiento promedio anual del 11,3%.

En el 2015 aumentó la morosidad a un 65,5%, probablemente debido a la acción de inconstitucionalidad que se presentada contra la citada ley”, señala la Contraloría en el informe Dfoe-Saf-If-11-2016, el cual fue recurrido por el Registro Nacional.

Añade el documento que a octubre de 2015 un total de 23.476 personas jurídicas inscritas presentaban tres periodos vencidos en el pago de dicho tributo y 250.501 tenían cuatro en los cuales no realizaron ningún pago y sobre los cuales no se habían ejecutado acciones para la disolución y cancelación de la inscripción.

En el tema de la disolución de la personería jurídica inactiva, la Contraloría es del criterio que se deben tomar las medidas tendientes para su disolución.

 

ACCIONES OBLIGADAS

 

El Ministerio de Justicia y Paz, así como el Registro Nacional, informaron que han establecido las acciones necesarias para proceder el cobro a las personas jurídicas obligadas.

Las sumas dejadas de pagar deben ser sometidas a cobro administrativo por parte del Registro Nacional, por ser, según recordó la Contraloría, la administración tributaria y en caso de no tener respuesta favorable deberá elevar los expedientes a cobro judicial.

En este sentido la Contraloría exigió a la ministra de Justicia y Paz, Cecilia Sánchez, tomar las acciones correspondientes para que se realice el pago respectivo de dicho gravamen, así como lo establecido en la ley, en lo que corresponda a la disolución y cancelación de las personas jurídicas.

PERIODISTA: Krissia Morris Gray

EMAIL: [email protected]

Viernes 27 Mayo, 2016

HORA: 12:00 AM

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