Inconveniencia de nichos inscritos en Registro Nacional
Lic. Gerardo Morales
Desde los años 70 y 80 se puso de moda la venta de nichos o lotes de cementerio, que al adquirirse como “fincas” inmuebles, se inscriben ante el Registro Nacional.
La denominación técnica y registral de cualquier propiedad inmueble es finca, aunque mida dos metros cuadrados.
En mis tiempos de estudiante, uno de los compañeros de Filadelfia de Guanacaste, que antes se llamó Siete Cueros, venía de esa cultura de lo que eran verdaderas fincas o haciendas, con medidas de dos mil o tres mil hectáreas, y se burlaba de nosotros los Cartagos, como se nos llama a los ticos del Río Lagarto hacia el sur, por hablar de fincas, con “solares” de 20 o más manzanas. En tiempos pasados, Guanacaste era una cultura diferente, enraizada en el relativo aislamiento de antes de los años 50, y los latifundios eran lo normal, frente a nuestras típicas fincas cafetaleras, muchas de ellas de mera subsistencia.
Pues resulta que una empresa tuvo una idea exitosa y novedosa en el servicio privado de venta de nichos de cementerio, con la consiguiente segregación de lotes -fincas- de dos metros cuadrados, que se inscribieron y luego vendieron a particulares.
Con la puesta en vigencia de la Ley de Cobro sobre Bienes Inmuebles, se puede acceder a la exoneración de un bien inmueble único, del pago de ese impuesto. Como se debe demostrar que es bien único, la venada sale careta, cuando el usuario presenta una certificación de bienes, y aparece su casa, pero también un lote de dos metros en un cementerio. Esto impide que se le exonere, porque una finca ante el Registro Nacional y las municipalidades, que son las que exoneran, puede medir dos metros cuadrados, o mil hectáreas, con lo que se pierde el beneficio.