El Ministerio de Educación Pública (MEP) deberá entregarle a un estudiante de Educación Abierta un Magnificador Ruby, que es un instrumento que agranda la letra, y permte que las personas con deficiencia visual puedan leer sin problemas.
La orden es emitida por la Sala Constitucional en su sesión celebrada el 12 de febrero de 2016 cuando declaró con lugar un amparo interpuesto por una persona con serios problemas en la vista contra el MEP.
Los Magistrados por unanimidad resolvieron que dicho Ministerio deberá girar las órdenes pertinentes y llevar a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de las competencias, para que en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación de la sentencia, entregue al amparado un magnificador Ruby, en los términos que establezca la reglamentación correspondiente.
Los Juristas tomaron como base de su resolución la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la cual dispone que los Estados deben asegurar que las personas con capacidades especiales tengan acceso general a la educación superior, la formación profesional, la educación para adultos y el aprendizaje durante toda la vida sin discriminación.
Por eso explican los constitucionalistas que lo anterior aunado a lo dispuesto en nuestra Constitución Política en los artículos 33, 77 y 78, es que en nuestro país debe procurar que la persona con discapacidad desarrolle al máximo tanto sus potencialidades individuales, como su integración en la sociedad.