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Nacionales

5 amparos contra cobro por descarga de Internet postpago

Magistrados suspendieron audiencia

La audiencia para discutir el cobro de Internet celular postpago fue suspendida por la Sala IV mientras analiza los amparos contra la pretensión de Sutel

Un total de cinco recursos de amparo fueron presentados contra la audiencia prevista por la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) para exponer y discutir la metodología para el cobro de Internet celular postpago y para la actualización de la tarifa de Internet celular prepago.

De los cinco, cuatro fueron acogidos para su estudio y uno está en el proceso de admisibilidad.

Uno de los recursos fue presentado por José Cordero Rojas, ciudadano que consideró que el expediente cuenta con información desactualizada, al tiempo que faltan estudios para justificar la propuesta de la Sutel, situación que a su criterio lesiona el derecho ciudadano a la participación y al acceso de información de interés público.

Los argumentos presentados por Cordero hicieron que los magistrados acogieran la acción para su estudio y como medida cautelar los constitucionalistas exigieron a la Sutel suspender la audiencia pública prevista para mañana.

Los otros recursos fueron interpuestos por el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), las empresas Claro y Movistar, así como la Cámara de Incomunicación y Tecnología. 

Entre las valoraciones efectuadas por los magistrados a lo recurrido por la Cámara de Infocomunicación y Tecnología (Infocom) es que “alega que en ninguna parte el expediente Sutel-GCO-TMI-01069-2014, correspondiente a la convocatoria de la audiencia pública bajo examen, se localiza documento, informe o estudio alguno que haya previamente determinado la falta de competencia efectiva en el mercado, único presupuesto legal y técnico que puede servir de causa o motivo del acto de fijación tarifaria que se llegue a dictar por parte de la Sutel, pese a que en la misma motivación se hizo con fundamento en que no existen condiciones de competencia efectiva en el mercado de telecomunicaciones móviles, pero no consta prueba de ello. Estima que lo anterior es violatorio de sus derechos fundamentales”, se lee en el documento de estudio 15-15843.

En cada uno de los casos acogidos se les da tres días a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y Sutel para que respondan.

No es la primera vez que se da la suspensión, pues el año pasado los magistrados también actuaron igual y solicitaron a la Sutel enmendar unas debilidades detectadas y reprogramar la audiencia.

PERIODISTA: Krissia Morris Gray

EMAIL: [email protected]

Martes 27 Octubre, 2015

HORA: 12:00 AM

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