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Nacionales

Profesionales independientes cascarudos con impuestos

Hacienda les achaca evasión del 8% del PIB

Los diputados demandan al Ejecutivo mejorar la recaudación antes de iniciar una discusión sobre nuevos impuestos

Los profesionales independientes son los campeones en la evasión de impuestos, el Ministerio de Hacienda calcula la evasión de los tributos de ventas (cobrados en cada servicio) y  renta alcanzó casi el 8% del Producto Interno Bruto (PIB) lo que agrava la situación fiscal del país.

 

Francisco Ovares,  presidente del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, explicó que los profesionales liberales (independientes) no ingresan más del 90% de sus impuestos al fisco, según las proyecciones que hacen sobre la evasión tributaria.

 

Los médicos y los abogados encabezan la lista de los profesionales que que trabajan sin patrono y que al cobrar no emiten facturas, aunque Hacienda aclara que no existe manera de determinar su ingreso pues no tienen acceso a los registros de los pacientes o las consultas que atienden por día.

 

Mientras el Gobierno aspira a la aprobación de un plan fiscal, los opositores señalan que primero se debe mejorar la recaudación de los tributos que ya están aprobados.

 

Ovares señala que entre las reformas impulsadas por la Administración hasta ahora, para ventas y renta, la más representativa es la que busca hacer embargos sin que medie una instancia judicial porque puede causar problemas a la compañía.

 

Durante el 2012, más del 50% de los profesionales no reportaron sus ingresos ante la hacienda pública.

 

Mientras tanto, el Ejecutivo continúa con el plan de la reforma fiscal, cuyos proyectos han sido retrasados nuevamente. “El déficit fiscal es una situación estructural, ya han pasado seis años de déficit consecutivo y cada año el problema se agrava más. Urge realizar reformas legales que permitan incrementar la carga tributaria, y con ello reducir el desbalance financiero del Gobierno Central que desde 1980 presenta una situación deficitaria (excepto en los años 2007 y 2008, cuando hubo superávit financiero)”, manifestó Helio Fallas, jerarca de la Hacienda Pública.

 

ADELANTO DE IMPUESTOS 

 

El próximo 30 de junio vence la fecha para el pago parcial anticipado del Impuesto sobre la Renta (ISR) que se liquida a fin de año con la debida declaración, según lo establece el artículo 22 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

 

Ante estos, Ovares apuntó que los contribuyentes que realizan actividades o negocios lucrativos deben hacer el segundo pago parcial de lo contrario, deberán pagar intereses a fin de año.

 

“Estos pagos parciales son tres adelantos del impuesto sobre la renta, obligatorios según Ley. El primer pago se hace seis meses después de iniciado el período fiscal, el segundo nueve meses después y el tercero tres meses después del segundo, es decir, el último día hábil de los meses de marzo, junio y setiembre”, detalló Ovares.

 

El impuesto de renta se puede cancelar en su totalidad a fin de año, pero del pago total que se determine con la presentación, el Ministerio de Hacienda aplicará intereses por cada pago que no se hizo, por lo que el contribuyente terminará pagando más de la cuenta”, detalló Ovares.

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Jueves 18 Junio, 2015

HORA: 12:00 AM

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