La Sala Constitucional solicitó el expediente del caso de la pareja homosexual a la cual se le reconoció su unión de hecho.
Esto debido a que desde el 29 de enero del año pasado, se dio curso a una acción de inconstitucionalidad contra dos de los textos en que se basó la resolución del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.
Los magistrados acordaron en pleno solicitar el expediente de dicho caso, ya que el juez utilizó para la resolución de este, el artículo 242 del Código de Familia y el artículo 4 inciso m) de la Ley de la Persona Joven, textos impugnados actualmente por la acción antes mencionada, que además se publicó tres veces consecutivas en el boletín judicial.
Según dijo el abogado constitucionalista, Fabián Volio, si se procede de esta forma con una inconstitucionalidad, un juez no puede utilizar los textos cuestionados para resolver. Esto, además, implicaría que se anule lo dictado por el funcionario judicial.
La unión de hecho reconocida por el juez José Sánchez, corresponde a la que sostiene la pareja que componen Christian Zamora y Gerald Castro, cuya resolución fue leída en mayo anterior.
Dicha acción, fue presentada a la luz pública la semana pasada como la primera unión de hecho a la que se le reconocen sus derechos en el país.
ANTECEDENTE
La acción de inconstitucionalidad que pone en jaque el futuro de la unión de hecho antes citada, fue interpuesta alegando que tanto el artículo 4, inciso m de la ley de la persona joven, como el artículo 242 del Código de Familia, atentan contra los derechos de las personas sexualmente diversas y aboga por el matrimonio heterosexual.