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Nacionales

Castigan al ICE por jugar sucio

Sutel le aplicó multa de ¢2.157 millones

El ICE es la primera empresa, en el sector telecomunicaciones, la que Sutel multa por incurrir en prácticas monopolísticas anticompetitivas

Al comprobar que el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) incurrió en una serie de prácticas con el fin de sacar del mercado de telecomunicaciones a empresas que le hacen competencia, la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) concluyó que  incurrió en prácticas monopolísticas anticompetitivas, lo cual constituye una falla muy grave, razón por la cual le impuso una multa de ¢2.157 millones.

 

La investigación realizada por la Sutel, que asumió su papel de  autoridad sectorial de competencia, es producto de una denuncia interpuesta en el 2011 por la empresa Movistar, cuando el ICE sacó al mercado la promoción denominada “Chip Extremo” en el servicio de telefonía móvil prepago, la cual se efectuó por dos años.

 

La multa se aplicará sobre los ingresos brutos generados en  el 2011 por el ICE en el servicio de telecomunicaciones, que en su momento fue ¢372.039 millones, por lo que la infracción económica impuesta equivale al 0,58% de las entradas del Instituto ese año.

 

El periodo en que se pudo determinar que incurrió en prácticas monopolísticas  anticompetitivas comprendió los meses de noviembre y diciembre  de 2011 y octubre y noviembre del 2012.

 

Desde la apertura del mercado a la competencia de telecomunicaciones, el ICE se convierte en la primera empresa a la que se le multa por incurrir en esas prácticas.

 

CONTRA LA COMPETENCIA

 

Según la Sutel, el tipo de promoción aplicado por el ICE generó un “estrechamiento de márgenes”, lo cual es perjudicial para el mercado en competencia, pues las empresas competidoras de haber  querido igualar la oferta en el periodo habrían incurrido en pérdidas económicas.

 

En la resolución RCSA-088-2015 de la Sutel se concluye “declarar responsable directo al Instituto Costarricense de Electricidad, cédula de persona jurídica número 4-000-042139, de la comisión de una infracción muy grave del artículo 67 inciso a) sub inciso 13) en relación con el artículo 54 inciso j) de la Ley General de Telecomunicaciones y con el artículo 17 del Reglamento del Régimen de Competencia en Telecomunicaciones, por realizar un acto deliberado que tuvo como único fin procurar la salida de operadores o proveedores, o implicó un obstáculo para su entrada, en la modalidad de estrechamiento de márgenes”.

 

Agrega el estudio de la Sutel que “en relación al presente caso, el ICE conocía de previo al lanzamiento de la promoción que la misma podría resultar anticompetitiva, dados los patrones de consumo, ya que cualquier operador que intentara replicar la misma debería operar con un margen negativo o en el mejor de los casos de cero y el fin del ICE con la promoción 'Chip Extremo' era defender su posición en el mercado ante nuevos entrantes, a los cuales sentía como una amenaza”.

 

Además en el informe se detalla que “adicionalmente, hay que tener presente que las prácticas monopolísticas relativas son perjudiciales al proceso de competencia y libre concurrencia, lo cual repercute en un eventual perjuicio al usuario final. En el caso concreto, se estima que el hecho de que la misma se realizara en el momento en el cual los nuevos operadores empezaron a ofrecer efectivamente sus servicios de telefonía móvil, es un elemento que debe ser tenido en cuenta”.

 

Cuando el ICE lanza la primera promoción capta 403.672 nuevos usuarios, mientras que los otros cuatro operadores móviles del mercado entre todos un total de 409.875 (ver punto 7.5.2.3 visible a folio 112). Las promociones investigadas “Chip Extremo” y “Chip SMS Extremo” le permitieron captar al ICE un total de 609.091 clientes del servicio de telefonía móvil prepago a lo largo de los meses de noviembre 2011, diciembre 2011, enero 2012, febrero 2012, octubre 2012 y noviembre 2012.

 

Gilbert Camacho, presidente del Consejo de la Sutel, manifestó que “tal y como lo señala la Ley General de Telecomunicaciones y el Reglamento del Régimen de Competencia en Telecomunicaciones fue establecida para evitar prácticas comerciales que limiten el desarrollo del mercado en perjuicio de los usuarios”.

 

Al respecto Jaime Palermo, gerente de Telecomunicaciones del ICE, rechazó que la entidad haya incurrido en prácticas anticompetitivas, pero en comunicado de prensa informó que   cuando se conozca de manera integral los documentos entregados por la Sutel se procederá a dar la posición institucional y las acciones que se tomarán.

 

La entidad tiene tres días hábiles para presentar un recurso de revocatoria a la resolución de la Sutel y 10 días para depositar la multa respectiva.

PERIODISTA: Krissia Morris Gray

EMAIL: [email protected]

Viernes 29 Mayo, 2015

HORA: 12:00 AM

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