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Deportes

Gimnasios bajo lupa por instructores “piratas”

Ley exige tener profesionales titulados

Según la ley, cada centro de acondicionamiento físico debe contar con un profesional en ciencias del deporte

Con el paso de los meses cada vez son más y más gimnasios o centros de acondicionamiento físico los que proliferan por todo el país, pero dentro de este aumento desproporcionado salta la pregunta, ¿quién regula a estos centros?

El aumento es notorio, con lo cual las denuncias en contra de los mismos van  creciendo, pues  gran cantidad de estos centros no cuentan con profesionales preparados en el área.

Muchas personas que realizan algún tipo de ejercicio están en manos de  “profesores” sin la debida preparación, lo cual deberían cuestionarse antes de visitar un gimnasio.

DIARIO EXTRA se dio a la tarea de analizar  los requisitos que requieren estas empresas para  funcionar  ajustados a las normas establecidas por lo cual la sorpresa fue grande.

 

LEY NO DA TREGUA

 

Desde el 24 de enero del 2007 mediante el decreto No. 33.532-S publicado en el diario oficial La Gaceta, se anuncia que el Gobierno de la República encabezado por el presidente Óscar Arias en conjunto con el Ministerio de Salud dan a conocer el manual de “Normas para la Habilitación de los Centros de Acondicionamiento Físico (CAF)”, de cumplimiento obligatorio.

En este manual se establece de manera clara que para ejercer responsablemente estos centros deben contar con  un profesional preparado en la rama de ciencias del deporte humano reconocido por el Conesup o Conare.

En el artículo 4 del manual en la sección de “Clasificación y designación” dice textualmente, “El director de programa debe contar con un título universitario en una carrera cuyo plan de estudios capacite al profesional en ciencias del movimiento humano, educación física y terapia física con un perfil que le permita llevar a cabo procesos de acondicionamiento físico de la clientela”.

Además indica: “las personas que deseen laborar como directores de programa o entrenadores personales, que no cumplan con el punto anterior, pero que cuentan con capacitación anterior a la publicación del presente manual de normas, deberá registrarse en el Icoder, según los lineamientos que este ente establezca”.

La legislación es totalmente clara en torno al tema, pero aún así algunos centros de ejercicio se arriesgan a contratar  personas no aptas para el trabajo, poniendo en juego su permiso para funcionar.

El Ministerio de Salud es el ente encargado de resguardar las condiciones bajo las que operan los centros para el acondicionamiento físico con el objetivo de salvaguardar la idoneidad de quienes trabajan ahí.

Cada CAF debe  estar registrado ante el organismo citado anteriormente   donde le certifiquen el permiso sanitario para el funcionamiento mismo, dicha autorización deberá estar vigente.

Es por esto que las autoridades del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (Icoder) hicieron un llamado a la población para que denuncie este tipo de comportamientos.

 

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Martes 21 Abril, 2015

HORA: 12:00 AM

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