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Opinión

La responsabilidad del Estado en el acceso al derecho de vivienda digna

El acceso a la vivienda digna como derecho fundamental es reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. A pesar de que la mayoría de estados en el mundo han firmado estos dos documentos, el derecho a la vivienda digna sigue siendo esquivo para una parte importante de la población mundial. Al respecto, ¿cuál es el rol del Estado?


Desde los autores clásicos como Locke, Montesquieu y Rousseau se ha reflexionado al Estado como un acuerdo o convenio general entre los individuos, cuyo fin primordial es asegurar el respeto y cumplimiento por los derechos individuales y el bien común de la sociedad. A partir de esta visión y conforme se avanzó en una concepción de los derechos humanos como condiciones necesarias para la realización de la persona, el Estado se vuelve en el principal garante de éstos, al ser la institución llamada a promover y defender el bienestar de toda la población en su territorio.


Para una comprensión del accionar desde la institucionalidad pública al respecto, podemos valernos del enfoque de la Teoría de Sistemas y los aportes del politólogo canadiense David Easton. Según la obra de este autor, el Estado y sus instituciones son parte del sistema político; éste recibe demandas y apoyos del contexto o ambiente que lo rodea, los cuales pueden catalogarse como “inputs” o insumos; a partir de estos insumos, el sistema político toma decisiones y acciones denominadas “outputs” o productos, los cuales envía de vuelta al contexto o entorno. Dichos “outputs” son las políticas públicas que el sistema formula e implementa a partir de las demandas o “inputs” que recibe.


Aplicando el modelo sistémico de Easton, el Estado y sus instituciones recogen las demandas de vivienda digna que realiza la población y son los responsables directos de solucionarlas, por medio de políticas públicas para que este derecho sea accesible al mayor número posible de la población.


En Costa Rica, se ha logrado conformar un sistema financiado solidariamente, por medio de los impuestos de todos los asalariados, aportes de patronos y otros fondos públicos, para contribuir a brindar vivienda digna a la población. Por medio de la ley número 7052 del 13 de noviembre de 1986 se creó el Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (SFNV) junto al Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi) como su entidad rectora. A través de este sistema, el Estado costarricense otorga el subsidio del bono de vivienda, así como el fomento del ahorro y el otorgamiento de créditos, para contribuir a que las familias construyan una solución habitacional, o bien mejoren aquella con la que cuentan.


El SFNV implementado en Costa Rica constituye un ejemplo de cómo el Estado, siguiendo un esquema de gestión solidaria desde diversos sectores de la sociedad, ha articulado soluciones de vivienda digna ante las demandas de su población por el cumplimiento de este derecho. Es un sistema bastante sólido financieramente con casi 30 años de existencia, particular en Latinoamérica y que ha beneficiado a una gran cantidad de familias en todo el país. El SFNV ha beneficiado de manera particular a aquellos sectores sociales más vulnerables, por medio del otorgamiento de bonos especiales para cubrir el valor de la solución habitacional.


A partir de esta experiencia puede afirmarse que son necesarios los siguientes factores para asegurar acciones sostenibles desde el Estado a favor de que la mayoría de las personas gocen del derecho a una vivienda diga: a) una institucionalidad pública sólida y estable, que prioriza entre sus acciones la atención de los grupos sociales más vulnerables; b) los aportes solidarios de la gran mayoría de la sociedad en favor del bien común; c) la articulación de esfuerzos desde el Estado con actores públicos y privados.


Una institución que comparte esta visión es la Fundación Promotora de Vivienda (Fuprovi), entidad privada con casi 30 años de existencia, la cual apoya las iniciativas de grupos de familias que se han organizado para resolver sus situaciones de vivienda. Fuprovi brinda asesoría técnica, para que estos grupos organizados puedan gestionar procesos constructivos a fin no sólo de contar con viviendas dignas, sino contribuir a la generación de comunidades que de manera organizada gestionan su desarrollo.


Estos procesos implican una articulación interesante entre las comunidades organizadas, una fundación privada y el Estado costarricense a través del SFNV. El Estado está llamado a impulsar iniciativas gestionadas directamente desde las organizaciones comunales y estas tendrán mayores posibilidades de resultar exitosas si reciben una asesoría técnica adecuada, que se desarrolle de manera participativa tomando en cuenta las demandas y particularidades de la población.


Por lo tanto, un cuarto factor que favorece las acciones desde el Estado para asegurar mayor acceso de la vivienda digna es: d) el respaldo a iniciativas gestionadas desde comunidades organizadas, acompañadas de una asesoría técnica oportuna e incluyente cuando sea necesaria.

 

*Oficial de Proyectos Fuprovi

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Lunes 02 Marzo, 2015

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Por: Paulo Hidalgo Cortés

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