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Nacionales

Límite de cesantía gana terreno en Sala IV

La Sala Cuarta está poniéndole un límite histórico a la negociación de las convenciones colectivas respecto al pago de la cesantía.

Algunas de las instituciones públicas que cuentan con una convención colectiva, en donde sus trabajadores no tienen límite de años laborados a la hora de calcular el pago de la cesantía, se encuentran impugnando este derecho que por años han tenido.

Dentro de los argumentos que presentan se encuentra jurisprudencia dada por la misma Sala Constitucional, en donde estableció que la ausencia de tope constituía un beneficio contrario al principio de igualdad e implicaba un indebido de fondos públicos, lo que iba en detrimento de los servicios que presta la institución.

En este en sentido, se le dio la razón a la Junta de Protección Social, quien había presentado la acción de inconstitucionalidad, en el entendido que esta norma, al no establecer un límite de años por reconocer a título de cesantía “crea mi privilegio odioso, exclusivo y excluyente a favor de un grupo selecto de servidores públicos, sin contar con una base objetiva de respaldo y en perjuicio de una serie de normas y principios constitucionales, con lo que se potencia una disposición desmedida y abusiva de los fondos públicos”, indicó la sentencia 2006-06727.

No obstante, recientemente, la Sala Constitucional en la sentencia 2013-6871, en donde el accionante era el Banco Nacional, también le da la razón al indicar que 25 meses de pago de cesantía también representa una desigualdad entre el resto de los funcionarios del sector público y constituye un uso no apropiado de los fondos públicos. De manera que esto podría crear un precedente para cerca de 6 acciones más que están impugnadas bajo el mismo principio.

OTRAS ACCIONES

 

Adicionalmente, existen otras acciones en contra de las Convenciones Colectivas. Entre ellas se encuentra una presentada por varios empleados interinos del Instituto Nacional de Seguros (INS) ya que exigen que esta normativa también los cobije a ellos y no solamente a los empleados en propiedad.

Por su parte, las autoridades de Recope presentaron una acción a finales del año pasado en contra del triple incentivo salarial, ya que consideran que el mismo paga 3 beneficios sobre el mismo rubro, en este caso las anualidades.

La Municipalidad de Aserrí presentó una acción este año contra la norma, ya que la Convención establece un cálculo de pago salarial basado en 13 meses de trabajo, cuando la legislación nacional indica que solo se toma como salario 12 meses, por lo que hacerlo de esta manera también lesionaría los fondos públicos.

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Lunes 03 Junio, 2013

HORA: 12:00 AM

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