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Opinión

La ley a su alcance

CONSULTA: La dueña de la casa que alquilo quiere subir el porcentaje del alquiler, así como aumentar el monto del depósito. ¿Cuál es el procedimiento que debe seguir el propietario para exigir un aumento, especialmente en el caso del depósito de garantía?

 

RESPUESTA: El aumento de renta o alquiler de una casa de habitación, tiene dos formas de hacerse, con consecuencias para las dos partes. La primera, y más simple para el dueño, es que se haya firmado un contrato escrito. En ese contrato deberían estar los aumentos anuales, y la fecha en que se inicia el nuevo pago, con el aumento.

 

Si en el contrato no está el monto del aumento anual, funciona como un contrato verbal. Nunca acordaron nada.

 

En este caso, la ley le exige al dueño que haga la solicitud de aumento por escrito, con un máximo de un 15% anual, y que a esa solicitud escrita, le adjunte la certificación del Índice de Precios de la Dirección General de Estadística y Censos, —así dice la ley—. También puede el dueño adjuntar copia de la publicación del Índice de precios al Consumidor, del último año. O puede adjuntar una certificación de ese comunicado. Como se puede ver, cuando no hay acuerdo escrito, el dueño tiene que cumplir con la formalidad dicha, solicitar por escrito, señalar cuando empieza la nueva renta, y adjuntar los documentos previstos en la ley.

 

En cuanto al aumento o reajuste del depósito de garantía, la ley no dice ni exige nada. Por lo tanto, no se puede exigir ese reajuste.

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Lunes 22 Diciembre, 2014

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Lic. Gerardo Morales

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