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Nacionales

No sustituirán empleados públicos muertos ni jubilados

Por dos años todos los empleados públicos que dejen sus plazas no serán sustituidos, por lo que sus compañeros deberán de hacer su trabajo

Los empleados públicos que se jubilen, mueran, pidan permiso, renuncien o demás razones para que quede vacante su plaza no serán sustituidos y sus funciones tendrán que ser asumidas por los demás compañeros. De esta forma en dos años en muchas instituciones los servicios podrán quedar de la mano de Dios.

 

Este es el resultado de las directrices 09 y 14 de la Autoridad Presupuestaria, que servirá para ahorrarle al estado en salarios y así colaborar con reducir con el déficit fiscal. Solo habrá excepciones en los ministerios de Educación, Salud y Seguridad.

 

Así se delimitó en el alcance digital Nº 47ª de la Gaceta 175 del jueves 11 de setiembre del 2014, según confirmo Hernán Rojas Angulo, director general del Servicio Civil, quien no hizo comentarios al respecto, pero sí explicó en qué consiste.

 

Manifestó que con esa directriz se dispuso que los jerarcas de los ministerios y Gobierno central no podrán abrir puestos nuevos, solo podrán hacer uso del 15% de las plazas vacantes para sustituir personal. En una emergencia que quede una plaza que sea irreemplazable o donde se está afectando un servicio, deberán de hacer la debida solicitud por escrito justificando los motivos y la Autoridad Presupuestaria decidirá si lo permite o no.

 

Comentó que de esta manera al no sustituirse las personas que por algún motivo dejan su trabajo, las funciones que realicen deben de ser asumidas por los excompañeros, creando más carga de trabajo, más estrés y hasta influyendo en la calidad del servicio. Hasta podría influir en la jornada laboral de los demás empleados públicos. De esta manera pretenden bajar la planilla en dos años.

 

“Durante los siguientes dos años, los ministerios, así como los órganos desconcentrados y entidades que reciben transferencias de Gobierno para pago de salarios, y que están cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, podrán hacer uso de hasta un 15% de las plazas que se encuentren vacantes a la fecha de publicación de la Directriz Presidencial No. 009-H y ese mismo porcentaje para las que en adelante queden en esa condición. Entiéndase que de cada siete plazas vacantes, solo se podrá ocupar una. Por vacante se debe entender, todo puesto en el que no existe persona nombrada para el desempeño de sus deberes y responsabilidades, sea interina o en propiedad y sobre la cual al momento de emitirse la directriz presidencial No.009-H, no se encuentra en proceso de nombramiento de personal”, se indica en la directriz.

 

Extrañamente ya en algunas instituciones se han inventado la forma de burlar los alcances de esa directriz y en lugar de contratar personal, contratan el servicio a una empresa privada. Tal es caso de Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) que contrataron la entrega de los recibos, porque no podían obtener plazas. En otras instituciones se ha contratado la seguridad, el aseo o personal por servicios profesionales.

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Lunes 20 Octubre, 2014

HORA: 12:00 AM

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