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Nacionales

Magistrado pidió sexo a cambio de ayuda laboral

  • Los magistrados que investigaron el caso le dieron total credibilidad a la declaración de la exjueza Priscilla Quirós

  • González habría sacado provecho a su posición de poder, según el órgano disciplinario que lo investigó

El magistrado Óscar González le pidió a la exjueza Priscilla Quirós tener relaciones sexuales y a cambio él le ayudaría a nivel laboral, según se consigna en el acta 546-2013 declarada secreta por la Corte Suprema de Justicia, en la cual se tomó la decisión de solicitar la revocatoria del nombramiento a la Asamblea Legislativa.

 

Tuvo que pasar más de un año para que el Congreso aprobara la solicitud de la Corte y en una decisión histórica para el país despidiera a González.

 

El Órgano Instructor del Procedimiento Disciplinario, conformado por la magistrada Doris Arias y Jesús Ramírez, de la Sala Tercera, dieron como un hecho probado, dentro de su informe a la Corte, que en una llamada telefónica el 7 de setiembre del 2012, la cual era la segunda de la noche, González le solicitó a Quirós tener relaciones sexuales, “...prometiendo ayudarla a nivel laboral, a lo que la ofendida le dejó claro que no quería retomar la relación de pareja...”.

 

Dicha llamada, según Arias y Ramírez, fue a las 11:33 p.m. y tuvo una duración de 43 minutos. Dicha conversación, según los magistrados que investigaron el caso, quedó registrada en la constancia de llamadas que les suministró el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).

 

En dicho registro quedó comprobado que González hizo tres llamadas a Quirós, la primera a las 7 p.m., una segunda a las 11:26 p.m. y la tercera, en la cual le indica que quiere mantener relaciones sexuales.

 

 

NO PROMETÍA NADA

 

 

El acoso sexual del magistrado González, según determinó la investigación administrativa del Poder Judicial, continuó cuatro días después, cuando llamó a la extensión de la exjueza, quien en ese momento se desempeñaba en el Tribunal Contencioso Administrativo. 

 

“...El día 11 de setiembre de 2012, el acusado llamó a la extensión (…) de la oficina de la ofendida P.Q.M. y, nuevamente ella, en forma enfática, le dijo que no quería recibir más comunicaciones, ni tener ninguna relación con el denunciado, el cual contestó que trataría pero que no le prometía nada (declaración testimonial de la víctima y contestación del traslado de cargos por el acusado de folio 32 del expediente administrativo donde el acusado acepta haber realizado esa llamada a la oficina de ella)...”.

 

Según establecieron Arias y Ramírez, el acoso denunciado provocó en la ofendida daños físicos y emocionales con secuelas de tipo psicológico, “...concretamente: crisis depresiva, ansiedad, baja autoestima, tristeza, llanto, desmotivación, sentimientos de soledad, abandono de estudios, mayor vulnerabilidad emocional, que afectaron su estado general y ameritaron un tratamiento terapéutico y farmacológico en centros médicos de salud...”.

 

 

RELACIÓN SENTIMENTAL

 

 

Entre los hechos probados por los magistrados se indicó que González y Quirós mantuvieron una relación sentimental entre 2001 y 2009, la cual fue caracterizada por “...episodios de violencia psicológica, física y sexual de parte del investigado hacia ella, que llevó a P.Q.M. a finalizar la relación aproximadamente entre abril y mayo de 2009...”.

 

Los magistrados llegan a dicha conclusión luego de analizar las declaraciones testimoniales de la víctima y de cuatro testigos más.

 

Según la investigación, durante el 2011, cuando Quirós reingresó al Poder Judicial, González la contactó mediante insistentes llamadas telefónicas para reanudar de nuevo la relación de pareja, reinterándole la exjueza su negativa.

 

Precisamente el viernes 7 de setiembre del 2012 González se presentó en la oficina de Quirós, en el Segundo Circuito Judicial de San José, enfatizándole que de nuevo era él presidente de la Comisión de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a la que pertenecía Quirós, “...preguntándole su parecer al respecto y solicitándole que requería sus números de teléfono, afirmándole que entendía que ya no tenía 'prohibición' para llamarla...”.

 

 

PLENA CREDIBILIDAD

 

 

En el análisis de fondo los magistrados le otorgaron plena credibilidad a lo dicho por Quirós y calificaron su declaración como coherente y sincera.

 

Ante esta situación Arias y Ramírez señalaron en sus conclusiones que para imponer una sanción contra González se debían considerar varios puntos. Primero, que la conducta del magistrado respecto a la víctima era impropia, dada la máxima jerarquía que ostentaba el acusado.

 

“...Su profundo conocimiento de las normativa jurídica que debe regir su conducta en todo momento, por su especial investidura de funcionario público; el aprovecharse de la relación de poder, influencia y el acoso u hostigamiento sexual que ejerció sobre la servidora judicial P.Q.M. para tratar de reanudar la relación de pareja con la ofendida, quien de manera insistente le hizo ver su negativa a su petición; la profunda afectación física y psicológica, afectiva y emocional de la víctima, producto de la conducta inadecuada asumida por el investigado; el daño a la imagen del Poder Judicial por la actuación del denunciado y el consecuente deber convencional y constitucional que la máxima autoridad de este Poder vele por la erradicación, prevención y sanción de toda forma de violencia contra la mujer dentro de la institución, incluido el hostigamiento o acoso sexual...”.

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Miércoles 30 Julio, 2014

HORA: 12:00 AM

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