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Nacionales

Requisitos mínimos para magistrados suplentes

La Sala Cuarta sacó de la jugada al reglamento para nombrar a los magistrados suplentes de las Salas de la Corte Suprema de Justicia.

 

Mediante la sentencia 2013-011083, le dieron la razón a la licenciada Mauren Solís Madrigal, al considerar que su razonamiento jurídico tenía validez, al indicar que un reglamento no puede venir a imponer más requisitos que los que la Carta Magna ya ha determinado.

 

A criterio del presidente de la Sala Tercera, Carlos Chinchilla, esta es una buena noticia a medias, ya que a pesar que se les allana el camino para elegir a los magistrados suplentes que hagan falta, lo cierto es que el mecanismo planteado en el reglamento le daba mayor objetividad a la elección.

 

“Estamos como al principio. Ahora cada una de las Salas deberá determinar cuál será el procedimiento que utilice para definir la nómina que presentará ante la Corte Plena para mandar a la Asamblea Legislativa para la elección final”, comentó el jurista.

 

A diferencia del resto de las Salas en donde el cambio de los magistrados suplentes no se da de manera completa, en el caso de la Sala Cuarta las reglas cambian, ya que a partir de diciembre de este año sí se quedará si ningún nombramiento. Es por ello que a criterio de Chinchilla, esta es una de las prioridades que deben de definirse.

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Lunes 26 Agosto, 2013

HORA: 12:00 AM

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