• Acoge recurso de inconstitucionalidad interpuesto por grupo de comerciantes
SALA IV FRENA COBRO DE MULTAS POR RESTRICCIÓN VEHICULAR
Betania Artavia
bartavia@diarioextra.com
 |
Pese a que la Sala IV acogió un recurso de inconstitucionalidad contra la restricción vehicular, los inspectores de tránsito continuarán realizando infracciones a quienes la irrespeten.
|
Una vez más la Sala Constitucional frena la restricción vehicular al declarar con lugar una acción interpuesta por un grupo de comerciantes que se sienten afectados por los parámetros del decreto ejecutivo que dio vida por segunda vez a la restricción.
Los representantes de una empresa inmobiliaria y una importadora de vehículos, entre otros comerciantes, acudieron ante los magistrados aduciendo que la restricción permite la circulación de vehículos de más de 6 toneladas y lograron que se frenaran todos los procesos que se siguen en vía administrativa o judicial por las infracciones, hasta que se pronuncien por el fondo.
Además están suspendidos los cobros de las infracciones, que en este momento son de ¢5 mil, pero una vez que entre en vigencia la reforma a la Ley de Tránsito se incrementarían considerablemente.
La Sala IV publicó las resoluciones en los boletines judiciales 206-07 y 08 del 30 de setiembre, y a partir de ese momento se suspenden los procesos administrativos o judiciales que estén en trámite, así como el cobro de las multas.
En la Oficina de Partes se continuará recibiendo prueba para los procesos que estén en apelación, solamente que no se dictará la resolución hasta que los magistrados emitan su criterio.
Los inspectores de tránsito continuarán con los operativos para sancionar a los conductores que irrespeten la restricción, solo que no se podrán hacer los cobros hasta tanto la Sala IV no se pronuncie por el fondo.
Así lo explicó Rosaura Bermúdez, viceministra de Obras Públicas y Transportes, quien aseguró que no se está suspendiendo la restricción sino solo el dictado de resoluciones finales en los procedimientos, sea en vía administrativa o en sede judicial.
“No se anula el decreto, los inspectores tienen que seguir levantando las infracciones, lo que no podemos hacer es cobrar las multas por la infracción. Hay que esperar qué dicta la Sala”, explicó.
De manera que queda a criterio de los conductores arriesgarse a irrespetar la restricción y que le hagan el parte, pero si los magistrados deciden que la restricción vehicular está a derecho deberán pagar todas las infracciones acumuladas.