PRISMA
LEY CONTRA “AMARRAPERROS”
Por Mario Ugalde C.
Subdirector
mugalde@diarioextra.com
Buenas noticias para la gente honesta, a partir de ahora los “amarraperros” tendrán que apurarse a honrar sus deudas porque de lo contrario en menos de cuatro meses tendrán embargados sus salarios o rematarán sus propiedades, esto es maravilloso si tomamos en cuenta que los sinvergüenzas se escudan en que en Costa Rica todo dura cinco años para no pagar sus cuentas.
Con la entrada en vigencia de la Ley de Cobros Judiciales se crea un nuevo procedimiento y una nueva forma de tramitar los cobros, con lo que quienes tengan deudas pendientes de pago con las municipalidades, financieras, bancos o la Caja Costarricense de Seguro Social, deberán de ponerse rápidamente al día porque de lo contrario en menos de lo que “canta un gallo” les caerá la ley para cobrarles la platita. ¡Buenísimo!, porque hasta ahora los engorrosos trámites judiciales tardaban hasta cuatro años, con lo que al final del proceso el dinero que se recibía estaba devaluado y los jueces duraban años en poner al día cuentas que algunas veces eran insignificantes, con lo que el procedimiento era más oneroso que el dinero recuperado.
No hay duda que el nuevo procedimiento es mucho más efectivo ya que después de presentada la demanda se tramita un autointimatorio al moroso en el que se le indica el monto que debe pagar, además se le otorgan 15 días para oponerse, si no lo hace automáticamente adquiere carácter de sentencia, y en cuestión de una semana se puede embargar el salario del deudor o rematar sus bienes.
El sistema se encuentra en su “período de prueba” y aunque momentáneamente quizá no sea lo eficaz que quisiéramos, los usuarios deben tener paciencia porque únicamente hay dos juzgados especializados, uno en San José, en el que se tramitan cobros judiciales privados, y el otro en Goicoechea donde se ventilan los casos relacionados con el sector público, la falta de personal es algo que también podría conspirar contra la nueva Ley, ya que tres jueces y siete auxiliares deberán tramitar 9 mil expedientes por mes.
La nueva Ley de Cobro Judicial, también permite introducir la oralidad en los procesos y la inclusión de herramientas tecnológicas, por ejemplo, los jueces antes de enviar un oficio -en papel- al Registro Público o a un banco para pedir que embarguen un bien o cuenta, lo hacen vía electrónica. Mientras que la oralidad, procurará mediante una audiencia resolver cualquier excepción o incidente alegado. Luego las partes harán sus conclusiones y el juez dictará sentencia en la misma audiencia. Es importante señalar que el proceso es más ágil, porque el juez, una vez que tiene contacto con la prueba puede resolver en el acto, además las audiencias orales facilitarían el proceso de negociación de las partes, por lo que se podrían dar arreglos alternativos que satisfagan sus intereses.
La nueva legislación crea juzgados especializados que se encargarán de tramitar de manera exclusiva los procesos de cobro sin importar la cuantía, esto traerá beneficios no solo para los que tramitan procesos relacionados con cobro, sino que aumentará la eficiencia de los juzgados civiles en la tramitación de los demás procesos.
No hay duda que uno de los propósitos fundamentales de esta ley es ejecutar mejor el principio constitucional de justicia pronta y cumplida, en absoluto respeto al derecho, a la defensa y el debido proceso en general. Seguramente a muy corto plazo lo lograrán porque los juzgados civiles se desentrabarán un poquito, y los “amarraperros” deberán volverse más responsables ya que de lo contrario perderán sus bienes. Que dicha que estamos mejorando porque a como estábamos muchas veces moríamos esperando recuperar el dinerito.