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• Por encima de fallo de la Sala IV

ORGÍA DE INCENTIVOS: BANCO DE COSTA RICA PAGÓ ¢74 MILLONES

ROBERTO LÓPEZ ALPÍZAR
Colaborador
Fotos: Juan Carlos Rubí

La Sala IV eliminó los beneficios por considerarlos contrarios al principio de igualdad, razonabilidad y proporcionalidad.
Aunque hasta el Banco Central de Costa Rica le ha echado la culpa de la difícil situación económica del país a los altos precios del petróleo, los alimentos, la devaluación del Colón y el déficit de la balanza comercial, no todos pagan los platos rotos de la reseción, ya que para sus más eficientes empleados, la entidad este año destinó más de ¢ 74 millones en incentivos por “Reconocimiento por méritos”, pese a que la Sala IV los eliminó en el 2006.

Lo anterior se consignó en su Presupuesto de Egresos Detallado para el año 2008, en el cual se indica en el detalle: Reconocimiento por méritos un monto presupuestado de ¢ 74.949.316, que es el total del monto disponible para incentivar sólo a aquellos colaboradores que ingresaron a la institución antes del año 1995, y que en las dos evaluaciones de desempeño que se aplican cada seis meses cumplan con los estándares de “excelencia en el cumplimiento de los objetivos”.

Así lo establece su Reglamento Autónomo de Servicios del Banco Central de Costa Rica y sus Órganos de Desconcentración Máxima, en su artículo 32: “La Junta Directiva del Banco Central definirá como incentivo por excelencia en el cumplimiento de objetivos, una suma anual variable no acumulativa aplicable a los servidores que cumplan satisfactoriamente la evaluación por gestión laboral. Dicha remuneración no forma parte del salario de los servidores de la Institución.”
Del total de trabajadores que optan por el, solamente, cerca del 40% de esa población laboral lo obtiene, aseguró Ricardo Rodríguez Hernández, director general de Recursos Humanos del Banco.

SALA ANULÓ BENEFICIO

“Los suscritos consideramos que la norma impugnada es inconstitucional, pues en principio todos los funcionarios deben rendir su mejor esfuerzo laboralmente, sin que por ello se le deba remunerar adicionalmente como lo dispone el artículo en cuestión (32). Servir con el mayor esmero y esfuerzo, es un deber implícito de todo trabajador, trabajo por lo cual, ya recibe una justa remuneración”, Ana Virginia Calzada M. y Fernando Cruz Castro, magistrados de la Sala Constitucional. La resolución es la número 2006014641, de las catorce horas y dos minutos del cuatro de octubre del dos mil seis, y fue interpuesta por los ex diputados Carlos Herrera Calvo, Carlos Salazar Ramírez, Federico Malavassi Calvo y Peter Guevara Guth.


 
 
 




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