San José, Costa Rica, Viernes 25 de abril de 2008, 20:28:07.


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TAXISTAS HEREDARÁN PLACAS A VIUDAS

Por Mario Ugalde C.

Subdirector
mugalde@diarioextra.com

Siempre he dicho que perder a la esposa o esposo debe ser muy difícil en la parte sentimental y emocional, pero si además de eso tenemos que hacerle frente a la carga económica solos, sencillamente la situación es doblemente complicada, por eso estoy completamente de acuerdo en que los viudos o las viudas reciban la pensión que les deja su pareja, siempre y cuando hayan cotizado debidamente al régimen de pensiones correspondiente y por el tiempo establecido por ley, esto es un derecho adquirido de todos los asalariados de este país.

Pero que pasa con las herencias... si soy el propietario de un lote o mil colones, perfectamente los puedo heredar a quien quiera, lo mismo se puede hacer con el resto de bienes que poseemos, pero lamentablemente eso no ocurre con los taxistas... estos “ingenieros del volante” no podían heredar “su machete de trabajo” a las viudas en caso de muerte, con lo que las mujeres se quedaban sin marido y sin dinero para hacerle frente a los hijos y gastos propios de cada hogar. ¿Injusto verdad?
Pues bien, todo indica que de ahora en adelante, gracias a un decreto ejecutivo se permitirá heredar las placas de taxi a las viudas, hijos u otros beneficiarios del concesionario, por supuesto que semejante noticia fue celebrada en grande por todos los dueños de taxis de este país... la razón, muy simple, podrán dejar un patrimonio a su familia para que se defienda y pueda salir adelante económicamente.

Buenísimo señores del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), están haciendo justicia con un grupo de gente trabajadora que salen de sus casas y nunca saben si regresarán porque los delincuentes los acechan constantemente. La idea es que a partir de la publicación del decreto en el Diario Oficial La Gaceta, los taxistas que fallezcan automáticamente hereden su concesión a los familiares directos, porque de setiembre en adelante el Tribunal Administrativo de Transporte había determinado que eso no se podía hacer, con lo que la familia de unos 40 taxistas habían perdido el derecho, y otros 30 estaban a punto de quedarse con “una mano atrás y otra adelante”.

El decreto ejecutivo no solo autoriza el traspaso de la concesión cuando el adjudicatario muere, sino que también exonera de algunas obligaciones a la viuda, específicamente a lo que se refiera a manejar el taxi un mínimo de ocho horas diarias, esta determinación es otro acierto porque muchas veces la esposa ni siquiera tiene licencia para conducir motocicleta, menos para manejar un trasporte público. Textualmente el decreto dice que: “...en caso de que el nuevo concesionario fuere una mujer jefa de hogar o persona mayor a sesenta años, quedará eximido de la obligatoriedad de conducir el taxi un mínimo de ocho horas diarias, pero deberá mantener en todo caso el control y vigilancia adecuada sobre la calidad en la prestación del servicio...”.

Sin duda alguna el espíritu del decreto ejecutivo, que muy pronto será firmado por el presidente Oscar Arias Sánchez, hace justicia para los familiares de los taxistas que fallezcan, debido a que podrán seguir con la única fuente de alimentación que han conocido por años, o lo que es lo mismo, ya no quedarán desamparados.


 
 
 


 

 

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