San José, Costa Rica, Viernes 4 de mayo de 2007, 16:40:23.


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• TSE consideró que acto carece ya de significado jurídico:

NO HABRÁ RECOLECCIÓN DE FIRMAS PARA CONVOCAR A REFERENDO

• Ciudadanía acudiría a las urnas a más tardar en setiembre próximo.

Gerardo Ruiz Ramón
gruiz@diarioextra.com
Foto: Héctor Rodríguez

El magistrado Luis Antonio Sobrado, presidente interino del TSE, anunció que el referéndum para el TLC se realizará durante alguno de los cuatro domingos del mes de setiembre. Lo acompañan las magistradas Eugenia Zamora (de rojo) y Zetty Bou Valverde.
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) descartó la solicitud ciudadana para aplicar el referendo al Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos.

En su lugar, los magistrados resolvieron realizarlo por el mecanismo de la solicitud conjunta hecha por el Poder Ejecutivo y aprobada por la Asamblea Legislativa la semana anterior.

La petición ciudadana había sido presentada desde finales del 2006 por el grupo Convergencia Patriótica, representado por el ex diputado José Miguel Corrales.

En su pronunciamiento, el TSE consideró innecesario el trámite de recolección de las firmas del 5% de los ciudadanos registrados en el Padrón Electoral, requisito para convocar a referendo por iniciativa popular.

JURÍDICAMENTE IRRELEVANTE

En la resolución dada a conocer ayer, los magistrados del TSE consideraron que al haberse aprobado en el Plenario la solicitud presentada por el gobierno del presidente Oscar Arias, la recolección de las firmas dejó de tener relevancia jurídica para convocar a referendo.

“Esa recolección de firmas resulta ahora un trámite preliminar prescindible, toda vez que la expectativa esencial del señor Corrales es que el pueblo y no la Asamblea Legislativa, sea quien decida en última instancia el futuro del proyecto de ley de aprobación del TLC”.

“...A estas alturas, la recolección de firmas, por más que pueda tener significado político, ha perdido todo interés jurídico...”, alegaron los integrantes del alto tribunal electoral.

Ante la carencia de relevancia legal, los magistrados consideraron injustificado el gasto de recursos económicos y el esfuerzo que hubiera tenido que hacer tanto la institución como los impulsores del referendo, para recoger más de 130 mil firmas, proceso que podría haber durado hasta 10 meses.

NO SOLICITARÁN ANÁLISIS A SALA IV

El magistrado Luis Antonio Sobrado, presidente interino del TSE, anunció que esa entidad rechazó una solicitud presentada por los 17 diputados del Partido Acción Ciudadana, el liberacionista Oscar Núñez y José Manuel Echandi de Unión Nacional, para que el Tribunal enviara el TLC a consulta preceptiva de constitucionalidad ante la Sala Constitucional.

El viernes anterior la Defensoría de los Habitantes decidió solicitarle a la Sala IV que analice varios puntos del tratado que considera inconstitucionales, sin que todavía el organismo judicial se haya pronunciado sobre su admisibilidad.

Sobrado informó que el TSE también rechazó la solicitud de suspender el trámite de los 12 proyectos de la agenda de implementación del TLC, hasta tanto el pueblo se pronuncie a favor o en contra del tratado.

El magistrado consideró que no existen razones para congelar el trámite de esos proyectos una vez convocado el referendo, pues sus contenidos no serán sometidos a consulta popular.

CONVOCATORIA EN JUNIO, REFERENDO EN SETIEMBRE

Luis Antonio Sobrado indicó que el TSE realizaría el acto formal de convocatoria a referendo a más tardar en el mes de junio.

La Ley de Referendo estipula que la consulta ciudadana deberá realizarse a más tardar tres meses después de realizada la convocatoria. Es decir, los costarricenses definirían el futuro del TLC durante el mes de setiembre.

Antes, la institución entrará en un período interno de preparación para la realización de la consulta sobre el TLC con Estados Unidos.

A partir de ahora la Secretaría del Tribunal prepara el borrador del decreto mediante el cual se comunicará a la población la convocatoria.

En ese decreto se estipularían aspectos como el día en que se realizará la votación del TLC, se definiría las prohibición para que el gobierno haga propaganda a favor o en contra del acuerdo comercial, además de determinarse si será de un 30 o un 40% el mínimo de participación ciudadana requerida para que el resultado de la votación sea de acatamiento obligatorio para las autoridades.

Ayer los magistrados acordaron ordenarle a la Coordinación de Programas Electorales la activación del cronograma del proceso de organización del referéndum. Esa dependencia también solicitará al Ministerio de Educación Pública que facilite la participación del mayor número de educadores durante la jornada electoral.

PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE EL REFEREDO

¿Por qué el Tribunal Supremo de Elecciones no autorizó la recolección de firmas para convocar a referendo por iniciativa popular?
-Al haberse aprobado un Decreto Ejecutivo solicitando, la realización de un referendo para el TLC, el Tribunal dio por satisfecha la expectativa del ex diputado José Miguel Corrales de que sea el pueblo el que vote a favor o en contra del tratado.

¿Cuándo se anunciará oficialmente la fecha del referendo?
-Según el magistrado Luis Antonio Sobrado la fecha se anunciaría a principios del mes de junio, es decir, en un mes.

¿Cuándo se realizaría la jornada de votación del TLC?
-La Ley de Referendo estipula que la votación del proyecto o ley sometida a consulta deberá efectuarse dentro de los tres meses siguientes a la convocatoria oficial.

¿Qué significa que el referendo para el TLC será de carácter vinculante?
-Que la votación mayoritaria, sea a favor o en contra, será de acatamiento obligatorio para el gobierno, siempre y cuando al menos un 30 o 40% de los ciudadanos empadronados emitan su voto. Si la participación no alcanzara ese umbral el resultado no sería vinculante.

¿Qué requisitos deben tener los ciudadanos para poder emitir su voto?
-Ser mayores de edad y tener la cédula al día.


 
 
 


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