• Costa Rica se opone a tal iniciativa
OEA PROMUEVE MATRIMONIO ENTRE GAIS Y LESBIANAS
Gerardo Sáenz Valverde
gsaenz@diarioextra.com
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Según una denuncia, la OEA estudia una propuesta de Argentina, Brasil y Chile para reconocer al matrimonio entre parejas del mismo sexo como un derecho humano. Costa Rica se opone a esa iniciativa.
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Pocos días antes del vencimiento del plazo (27 de octubre) para recibir observaciones y reservas por parte de los estados americanos, la Procuraduría General de la República de Costa Rica reconoció que el borrador del proyecto de Convención Interamericana contra la Discriminación protege y fomenta el “matrimonio” entre personas del mismo sexo. De aprobarse obligaría a todos los estados que la ratifiquen a reconocer los supuestos derechos de gais y lesbianas.
Respondiendo a la consulta del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Procuraduría de ese estado centroamericano respondió que los artículos 2 inciso IX y 4 inciso XVIII de la futura Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y otras Formas Conexas de Intolerancia reconocen y protegen como un derecho humano el que las personas del mismo sexo puedan elegir cónyuge y contraer matrimonio.
La redacción de la nueva convención está a cargo de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos del Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA) y es impulsada por Chile, Brasil y Argentina, como lo demuestra el decreto antidiscriminatorio firmado por el presidente Néstor Kirchner y publicado el 27 de setiembre de 2005.
DICTAMEN DE COSTA RICA
El dictamen del procurador constitucional de Costa Rica, Fernando Castillo Víquez, del 23 de octubre pasado señala: “En primer término, de la relación de los artículos 2 inciso IX y 4 inciso XVIII se infiere que la Convención estaría reconociendo y protegiendo como un derecho humano a favor de las personas del mismo sexo el derecho a contraer matrimonio y a elegir el cónyuge. Estas normas contradicen el texto constitucional, en el sentido de que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer (matrimonio heterosexual).
“Con base en una interpretación sistemática de las normas constitucionales, también necesariamente se debe concluir que el tipo de matrimonio que tiene exclusividad en la sociedad costarricense es el heterosexual y monogámico.
En vista de lo anterior, para que el Estado de Costa Rica pudiera aprobar la citada Convención, en el eventual caso de que permanecieran los preceptos que estamos comentando, sería necesario hacer la respectiva reforma a la Carta Fundamental; de lo contrario, sería inconstitucional el instrumento internacional en este extremo”, manifestó Castillo.
En segundo lugar, el procurador afirma que Costa Rica “debe tener muy presente que con la redacción de las normas que estamos comentando, tácitamente se estarían modificando”, entre otros instrumentos de derechos humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Resalta también el dictamen la redacción del artículo 22 del proyecto de Convención, el cual señala que ésta “entrará en vigencia al trigésimo día a partir de la fecha en que haya sido depositado el segundo instrumento de ratificación en la Secretaría de la OEA”, es decir, entrará en vigor con solo dos países que la ratifiquen.